13 de Agosto, 2022

Los nuevos requisitos de información de sostenibilidad: un avance en armonización de los reportes financieros

* Publicado el 13 de agosto en El Mostrador

 

Tras un largo y participativo proceso de consulta, la CMF incorporó en noviembre pasado un ítem asociado a los temas ambientales y de sostenibilidad, en la memoria anual de las empresas (NCG 461 de 2021, que deroga la NCG 385 de 2015), que comienza a regir en 2022 para las sociedades anónimas con activos consolidados mayores a UF 20 millones, y en 2023 en el resto de las organizaciones.

 

Su publicación es muy importante, pues se acaban las excusas de las empresas, respecto a no mostrar o generar dicha información. “Lo que no se mide no se gestiona”, dice el adagio y esta norma no pide desempeño, sino medición. Ese efecto hará que las empresas mejoren su gestión y las decisiones de inversión.

 

Sobre la normativa, existen algunos elementos a destacar. En primer lugar, esta no incluye el término de sostenibilidad, sino que lo incorpora en los aspectos de ASG (factores Ambientales, Sociales y de Gobernanza), en toda la memoria. También, se incorporan elementos medioambientales y sociales en el contexto de cumplimiento legal y normativo, como era la antigua usanza.

 

En segundo lugar, pone énfasis en el ámbito social, con temas asociados a las brechas de género y el pago a proveedores. En términos de dotación de personal, avanza en solicitar información sobre brechas salariales, estableciendo cómo calcular las métricas. Sobre la relación con los proveedores y los plazos de pago, la norma se refiere de forma directa a dicha información y cómo presentarla.

 

Cabe destacar que da la impresión que el detalle de cómo se deben reportar algunas materias, en comparación a lo genérico de otras, busca recabar más información para las estadísticas reportadas periódicamente por el regulador, en vez de proporcionar una visión desde el punto de vista del inversionista.

 

En tercer lugar, un aspecto clave es la incorporación en la sección de gestión de riesgos del gobierno corporativo y no en distintos apartados, los componentes de sostenibilidad relacionados al ámbito social y de derechos humanos, medioambiente, y el cambio climático.

 

Sobre este último, se hace mención directa de la transición de las economías, para evitar un alza de más de 2°C, estableciendo que las empresas se comprometan a las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) del gobierno, metas que cada país define soberanamente para la reducción de gases de efecto invernadero. En este punto, la norma menciona algo genérico, cuando podría hacer una referencia más directa a las NDC de Chile, aprovechando la instancia para que las empresas miren la dirección que deberá tomar la normativa con respecto a emisiones en los años venideros.

 

En gobierno corporativo, aún existe espacio de mejora, pues no se incluye la información de los grupos económicos a los que pertenecen las empresas. Fuera de ese punto, se pide bastante información sobre el directorio y los principales ejecutivos, lo que es coherente con el foco que han puesto los reguladores desde hace décadas, respecto a los problemas de agencia que afectan la gobernanza de las empresas, no avanzando mucho más.

 

Pese a que la norma se pone al día en mejorar los reportes de información, quedan espacios abiertos en la forma que las empresas entregarán la información. Pero, sin duda, es un paso relevante para empezar a hablar de armonización.

 

El proceso ha sido lento; sin embargo, en contabilidad nos hemos demorado siglos –de forma literal, no figurativa– en ponernos de acuerdo en materias básicas. Si esa demora la comparamos con lo avanzado en la última década en sostenibilidad, el resultado es sorprendentemente alentador.

 

Harold López
Académico DCS